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Organizaciones de la sociedad civil respaldaron la demanda que el Instituto Nacional de Defensa de La Competencia y de la Protección de La Propiedad Intelectual (Indecopi) interpuso a Repsol, al considerar que existe desidia de la trasnacional por acelerar los procesos de remediación ambiental en el mar de Ventanilla y la poca intención por indemnizar a la totalidad de personas afectadas.


Precisamente, esta semana Indecopi debe sustentar ante la Corte Superior de Justicia de Lima la demanda contra Repsol, en la que pide una indemnización por daños y perjuicios de naturaleza extracontractual por US$ 3,000 millones (S/ 11,403 millones) y una segunda indemnización por daño social, moral y colectivo ascendente a US$ 1,500 millones (S/ 5,701 500 millones). 

La demanda fue presentada el pasado 13 de junio ante la Corte Superior de Justicia de Lima contra Repsol S.A (matriz),la Refinería La Pampilla S.A.A. (sociedad subsidiaria),la empresa aseguradora (Mapfre) y los propietarios de la embarcación que trasladaba el combustible. 

De esta manera, se establece un precedente histórico importante, considerando que es la primera vez que el Perú, representado por Indecopi, demanda a una transnacional (Repsol S.A.). Al proceso se sumó el Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible (IDLADS),como tercero interesado o litisconsorte facultativo.

Henry Carhuatocto, presidente del IDLADS, precisó que la demanda busca que los responsables del derrame indemnicen en la brevedad posible a la totalidad de personas afectadas, mediante la ejecución de la póliza de seguro ambiental. 

“El petitorio de la demanda presentada por Indecopi está vinculada al daño ambiental impuro o por influjo. Es decir, ante el derrame de petróleo se registraron dos tipos de daño: el directo o puro, que se refiere al daño provocado a la diversidad biológica. Mientras que el impuro, es el que afecta a la población debido a la contaminación. Por ejemplo, debido al derrame, los pescadores no pueden continuar con sus labores de pesca afectando su economía, los restaurantes y comerciantes de la zona vieron perjudicados sus negocios, mientras que los pobladores o turistas no pueden bañarse”, explicó. 

La demanda por la remediación ambiental y de la biodiversidad biológica es facultad de la procuraduría del Ministerio de Ambiente. 

En esa línea de defensa de los derechos de las personas afectadas, hace poco la Defensoría del Pueblo exhortó a las autoridades a hacer respetar los derechos de las más de 15000 personas que vieron afectadas su sustento diario, que estaba relacionado con actividades vinculadas al mar o relacionadas a este medio. 

Póliza de seguro ambiental


Carhuatocto resaltó que Indecopi se encuentra facultado para interponer la demanda en el marco de una relación de consumo de contratos de seguro, donde los beneficiarios son los afectados por el derrame. 

La estrategia legal de Indecopi y de IDLADS es que mediante la póliza de seguro ambiental se indemnice inmediatamente a la totalidad de los afectados, sin la necesidad de un largo proceso judicial. “Se recurre a la aseguradora para que pague por la empresa, pero no hemos visto voluntad para activar el seguro. Por ello es que los demandamos”, enfatizó. 

En caso el dinero del seguro sea insuficiente para cubrir los US$ 4,500 millones, la diferencia la debe pagar la empresa responsable.

Indicó que recientemente el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) impuso una multa por más de S/ 5 millones a Refinería La Pampilla S.A.A., al incumplir con la identificación de las zonas afectadas por el desplazamiento del hidrocarburo en mar de Ventanilla. 

Este es uno de los ocho procesos administrativos sancionadores en los que participa IDLADS como tercero interesado, con el apoyo de la Asociación Civil Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR).

Al respecto, Carhuatocto afirmó que dicho dinero “se suma al presupuesto de OEFA para que siga cumpliendo sus labores de supervisión y fiscalización ambiental”.

Vanessa Cueto, vicepresidenta de DAR, señaló que "otro aspecto preocupante y que necesita ser resuelto es el procedimiento administrativo sancionador iniciado por OEFA sobre información falsa por parte de la empresa, en torno a la magnitud inicial del derrame".

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Publicado: 19/7/2022