Super Mensajes

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informó que cualquier ciudadano o personero puede formular las tachas que estime pertinente contra miembros de mesa dentro de los tres días contados a partir de la publicación preliminar, según lo establecido en el artículo 60° de la Ley Orgánica de Elecciones.



La tacha es el recurso que interponen los ciudadanos contra la designación de determinados electores que resultaron sorteados como miembros de mesa por impedimentos establecidos en la Ley Orgánica de Elecciones (Ley N.º 26859).

La misma norma establece que la tacha que no esté sustentada simultáneamente con prueba instrumental no es admitida a trámite por las ODPE.

Las tachas sustentadas son enviadas el mismo día de recepción a los Jurados Electorales Especiales, los cuales las resuelven dentro del siguiente día de haber sido formuladas. Lo resuelto por el Jurado Electoral Especial es apelable dentro de los tres días siguientes al acto de notificación. 

El Jurado Electoral Especial remite este recurso el mismo día de su recepción para que el Jurado Nacional de Elecciones resuelva, en instancia definitiva, dentro de los tres días posteriores de haberlo recibido.

Según el artículo 57° la Ley Orgánica de Elecciones, no pueden ser miembro de mesa de sufragio, los candidatos y personeros de las organizaciones políticas, ni los funcionarios y empleados de los organismos electorales.


Tampoco las autoridades políticas ni los ciudadanos que integran los comités directivos de las organizaciones políticas inscritas en el Jurado Nacional de Elecciones, entre otros casos.



El viernes 22 de julio, un total de 505,938 ciudadanos fueron seleccionados como miembros de mesa, entre titulares y suplentes, para las elecciones regionales y municipales del 2 de octubre.

Como se recuerda, a través de un sorteo público, las 93 oficinas descentralizadas de procesos electorales seleccionaron a tres miembros de mesa titulares y tres suplentes para cada una de las 84,323 mesas de sufragio que deberán instalarse en la jornada electoral. Desempeñará el cargo de presidente quien haya sido designado primer titular y el de secretario el segundo titular.

Cada ODPE realizó el sorteo entre los 25 ciudadanos preseleccionados por el organismo electoral, por cada mesa de sufragio, en razón de contar con mayor grado de instrucción de la mesa correspondiente y no haber ejercido dicha labor en anteriores procesos electorales.

El domingo 2 de octubre, los ciudadanos sorteados tendrán la gran responsabilidad de conducir la instalación, el sufragio y el escrutinio en las mesas de sufragio que se deberán instalar en todo el país. Cada mesa de sufragio está reservada para 200 electores como mínimo y 300 como máximo.

(FIN) NDP/GSR/CVC

Más en Andina:

Publicado: 25/7/2022