Norma que faculta a PNP realizar investigación beneficia directamente al ciudadano
El jefe de la Dirección de Investigación Criminal (Dirincri) de la Policía Nacional del Perú, general PNP Óscar Arriola, sostuvo que con el Decreto Legislativo 1605, que optimiza el proceso de investigación del delito, habrá proactividad y dinamismo en la respuesta al ciudadano.
El jefe de la Dirección de Investigación Criminal (Dirincri) de la Policía Nacional del Perú, general PNP Óscar Arriola, sostuvo que con el Decreto Legislativo 1605, que optimiza el proceso de investigación del delito, habrá proactividad y dinamismo en la respuesta al ciudadano.
Publicado: 27/12/2023
En ese sentido, sostuvo que el Ministerio Público continúa siendo titular de la acción penal, encargado de la carga de la prueba y además defensor de la legalidad, como señala la Constitución.
En cuanto a los cambios aprobados al nuevo Código Procesal Penal a través del dispositivo, señaló que antes, para investigar un hecho delictivo, la Policía debía esperar a recibir la carpeta fiscal. Agregó que, con la nueva norma, la PNP comunica la noticia criminal a la Fiscalía y puede empezar a realizar los actos de investigación.
Arriola indicó que otra de las modificaciones está referida al levantamiento del secreto bancario y de las comunicaciones cuando se produce un delito que amenaza la vida, libertad e integridad de las personas.
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Precisó que la solicitud siempre tiene que pasar por la Fiscalía, que está en libertad de negarse a lo que pueda plantear la Policía si considera que algún requerimiento no está debidamente motivado. El pedido será remitido por el fiscal en 24 horas al juez y este tendrá igual plazo para resolverlo.
“Lo único que acá se ha modificado son 30 artículos (del nuevo Código Procesal Penal) y en pos de la ciudadanía, no de la Policía Nacional del Perú. Va a haber una proactividad, un dinamismo, una celeridad en la respuesta al ciudadano”, señaló Óscar Arriola a RPP.
El jefe de la Dirincri indicó que otro de los cambios relevantes es que en el informe policial se va a poder tipificar los delitos e imputar presuntas autorías de los mismos, si bien no será vinculante. Precisó que el fiscal puede acoger lo planteado en este sentido o "desecharlo todo si desea".
Remarcó también que el mencionado decreto no colisiona con las facultades del Ministerio Público, ya que cada entidad continúa cumpliendo su rol establecido en la Carta Magna. Además, señaló que el dispositivo ha dado un plazo de 60 días para que la normativa se alinee a los cambios que establece el Decreto Legislativo 1605.
(FIN) MRCA/CVC
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Publicado: 27/12/2023
Fuente original: Andina
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