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Con el objetivo de conocer el comportamiento lector de la población, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y el Ministerio de Cultura (Mincul) inician la primera Encuesta Nacional de Lectura, la cual culminará el 30 de noviembre del presente año.


La información recolectada permitirá analizar y evaluar políticas públicas relacionadas con la lectura, el consumo de publicaciones, así como la participación en actividades y espacios de fomento de la lectura. 

La operación de campo está a cargo del personal del INEI, compuesto por 179 funcionarios, entre encuestadores, supervisores locales y coordinadores departamentales, los mismos que pueden ser identificados en la página web del INEI.


Para realizar esta importante actividad estadística, el personal recibió una adecuada capacitación, a fin de reforzar los conceptos y lineamientos técnicos y optimizar el manejo de los instrumentos y herramientas entregadas para la aplicación de la encuesta. Además, poder identificar de manera conjunta rutas y oportunidades que permitan perfeccionar el trabajo realizado.

De manera paralela a la capacitación realizada por el INEI, la Dirección del Libro y la Lectura del Ministerio de Cultura llevó a cabo talleres especializados para los monitores de cultura y a los equipos de trabajo de campo del INEI. 

En total, el personal visitará 20,880 viviendas que fueron seleccionadas de la zona urbana y rural de todas las regiones del país.


Sobre la encuesta

La información obtenida de la encuesta permitirá identificar el tipo de publicaciones que consumen los peruanos, la frecuencia de su asistencia a bibliotecas, ferias y festivales del libro, así como actividades que se hacen en los hogares para promover la lectura

También se espera obtener información que muestre las brechas existentes respecto a las prácticas lectoras en el país.

Las preguntas del formulario de la encuesta están relacionadas con características de la vivienda, sobre los miembros del hogar, las prácticas lectoras de la población menor de 68 años, entre otras variables.


Confidencialidad de la información

Según el artículo 97 del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, se establece que la información recolectada tiene carácter secreto y confidencial, por lo cual solo podrá ser utilizada para elaborar estadísticas agregadas. Asimismo, por ningún motivo los datos serán divulgados de manera individualizada, garantizando el anonimato de los informantes.


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(FIN) NDP/SQH

Publicado: 7/9/2022