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La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas (SEL) del Indecopi declaró como barreras burocráticas ilegales dos medidas de la Municipalidad Provincial del Cusco relacionadas a la imposición de un régimen de evaluación previa con silencio administrativo negativo, vinculadas al servicio de transporte público de pasajeros urbano e interurbano.


A través de la resolución 246-2022/SEL-INDECOPI, del 14 de julio de 2022, la SEL confirmó el pronunciamiento en primera instancia de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, del 21 de octubre de 2020, que declaró barreras burocráticas ilegales las siguientes medidas: 

(i) La imposición de un régimen de evaluación previa con silencio administrativo negativo para el procedimiento “Modificación, ampliación o reducción de recorrido de ruta”, materializada en el Procedimiento 121 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Ordenanza Municipal 23-2021-MPC. 

(ii) La imposición de un régimen de evaluación previa con silencio administrativo negativo para el procedimiento “Obtención y renovación de la Tarjeta Única de Circulación TUC (físico o electrónico) para Transporte Público de Pasajeros Urbano e Interurbano”, materializada en el Procedimiento 118 del TUPA aprobado por Ordenanza Municipal 23-2021-MPC. 

En su resolución, la SEL precisa que de acuerdo con el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Procedimiento Administrativo General, los procedimientos a instancia de parte, es decir iniciados por una persona o empresa interesada, se sujetan al silencio administrativo positivo como regla general a menos que, excepcionalmente, la entidad sustente técnica y legalmente su calificación de silencio administrativo negativo.  

En esa línea, la SEL ha verificado que la Municipalidad Provincial de Cusco no ha acreditado haber sustentado técnica o legalmente la calificación de silencio administrativo negativo para los procedimientos denunciados al aprobar su actual TUPA, por lo que esta imposición contraviene lo establecido en el TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General. 

Por ello, se declaró la inaplicación con efectos generales de las barreras burocráticas declaradas ilegales en favor de todos los agentes económicos y/o ciudadanos que se vean afectados por su imposición.  

La resolución 246-2022/SEL-INDECOPI es pública y puede revisarse en este enlace

(FIN) NDP/LZD

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Publicado: 20/8/2022