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Perturbar o impedir las elecciones de este domingo 2 de octubre con violencia o amenazas o tomarle una foto a la cédula de votación y difundirlo constituyen delitos electorales y pueden ser sancionados con penas de cárcel, recordó el Poder Judicial.


Estos son los delitos electorales y sus sanciones:

Entre tres a diez años de prisión podrían recibir aquellas personas que impidan el desarrollo de las elecciones con violencia o amenazas.
En tanto, impedir que un ciudadano vote u obligarlo a votar en un determinado sentido con el uso de la violencia o bajo amenaza, se sanciona con penas que varían entre uno y cuatro años de prisión.


La misma pena podrían recibir aquellas personas que usen dádivas, ventajas o promesas para inducir a alguien a votar o no o hacerlo en un determinado sentido, así como suplantar a un elector, votar más de una vez en la misma elección o votar sin tener derecho a hacerlo.

Difundir dentro del local de votación por que candidato o partido se ha votado o tomar foto a la cédula de sufragio para difundir el voto también es delito y es sancionado con una pena no mayor a un año de cárcel o hasta 30 jornadas de servicio comunitario.

(FIN) FHG/JCR

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Publicado: 28/9/2022