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Si bien actualmente se permite la adquisición de vacunas contra el covid-19, las empresas del sector privado que decidan hacerlo deberán tener en cuenta los siguientes parámetros del reglamento aprobado y publicado hoy por el Gobierno, en el contexto de la Ley 31225.



De acuerdo al Decreto Supremo 014-2022-SA, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, las empresas privadas se encargarán de la distribución y transporte de las vacunas hasta el centro de inmunización.

Para ello, deberán contar con servicios propios o de terceros que garanticen el cumplimiento de las buenas prácticas y mantenimiento de la cadena de frío, asumiendo los gastos que irroguen estos procesos hasta la disposición final de los residuos del proceso de vacunación.


Otro de los compromisos que deberán asumir las empresas privadas será de evitar que las vacunas no se desvíen al comercio ilegal, así como que se cumpla lo señalado en la opinión técnica favorable emitida por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública (DGIESP) del Minsa.

De la misma manera, brindarán la información de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) al Ministerio de Salud respecto de las acciones desarrolladas en el marco del presente reglamento.

El artículo refiere también que cuando corresponda, las empresas privadas deberán indemnizar a las personas vacunadas, en caso presenten Eventos Supuestamente Atribuidos a la Vacunación o Inmunización (ESAVI) severos.

Cifras actuales


En las últimas 24 horas, en Perú se registraron los resultados de 24,828 personas muestreadas, de las cuales 1,383 fueron casos positivos confirmados del covid-19; mientras que un paciente falleció ese día a causa del virus, informó el Ministerio de Salud (Minsa).

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(FIN) JAM/LIT

Publicado: 12/7/2022