Las Sociedades de Beneficencia, organismos adscritos al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, ofrecerán a partir de ahora cinco nuevos servicios de protección social, complementarios a los que ya vienen prestando. La prevención de la violencia es uno de ellos ¿Cuáles son los otros?



Mediante Resolución Ministerial Nº 369-2024-MIMP, publicada hoy en el boletín de Normas Legales del Diario El Peruano, se detalló que las Sociedades de Beneficencia tendrán como parte de sus funciones los siguientes servicios: 

1.- Servicio integral especializado para la prevención de la violencia en las familias.
2.- Centros de Atención para familias de pacientes con enfermedades terminales, situaciones de emergencia sanitaria o desastre natural.
3.- Servicios públicos de educación básica regular y de educación básica especial.
4.- Servicios públicos de salud a las personas, con énfasis en las poblaciones vulnerables.
5.- Centros de Atención Residencial para las personas con discapacidad.

Estos nuevos servicios podrán ser prestados de manera directa o por entidades del Sector Público y/o Privado con los cuales las Sociedades de Beneficencia suscriban convenios o cualquier otro arreglo institucional, que no comprometa la titularidad de su patrimonio.


La norma que impulsa la ampliación de servicios ofrecidos por las Sociedades de Beneficencia lleva la firma de la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Angela Hernández Cajo

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(FIN) KGR


Publicado: 5/12/2024