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Aprueban lineamientos para actuación funcional de la Fiscalía en elecciones de octubre

La Fiscalía de la Nación aprobó hoy los ‘Lineamientos Generales para la actuación funcional del Ministerio Público en las Elecciones Regionales y Municipales 2022’ y su anexo, aplicable para los comicios a realizarse el 2 de octubre de 2022 y el acto electoral de la segunda elección, si hubiere.

AndinaPor:Andina12 de septiembre, 2022 3 minutos
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La Fiscalía de la Nación aprobó hoy los ‘Lineamientos Generales para la actuación funcional del Ministerio Público en las Elecciones Regionales y Municipales 2022’ y su anexo, aplicable para los comicios a realizarse el 2 de octubre de 2022 y el acto electoral de la segunda elección, si hubiere.


Los referidos lineamientos fueron aprobados mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N°1913-2022-MP-FN, publicada hoy en una edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano.

En su artículo segundo, la norma dispone que los fiscales superiores, provinciales y adjuntos en los respectivos niveles jerárquicos y especializados a nivel nacional, deberán mantenerse en alerta permanente, antes, durante y después de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, a realizarse el 2 de octubre de 2022, así como, en el acto electoral de segunda vuelta que hubiere.

Ello, con la finalidad de lograr una oportuna y eficaz intervención en el ejercicio de sus funciones, “conforme a los Lineamientos Generales señalados en el artículo primero de la presente resolución”.

La resolución dispone también que los fiscales y personal de apoyo que, por necesidad de servicio, no hayan sufragado en los comicios electorales de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 presenten sus solicitudes de excusa y/o dispensa a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal al cual pertenecen o a la Fiscalía Superior Coordinadora Nacional correspondiente

Ambas instancias, a su vez, remitirán estas solicitudes de dispensa a la Secretaria General de la Fiscalía de la Nación, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de los comicios, acompañando la documentación que corresponda.

Asimismo, establece que “los/las señores/as fiscales y personal de apoyo que no presenten sus solicitudes en el plazo establecido en el artículo tercero de la presente resolución, realizarán el trámite de forma directa ante la autoridad electoral competente”.

El artículo quinto de la norma dispone que la Oficina de Observatorio de Criminalidad realice las acciones de coordinación con los equipos gestores territoriales liderados por las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional, a través de la activación del Centro de Monitoreo y Alerta del Ministerio Publico, a fin de efectuar el seguimiento de las actuaciones preventivas, ocurrencias de relevancia penal y personas detenidas, antes, durante y después de los referidos comicios.

La norma señala también que “los/as presidentes/as de la Junta de Fiscales Superiores a nivel nacional, remitan al despacho de la Fiscalía de la Nación, en el plazo máximo de cinco (5) días calendarios posterior a las Elecciones Regionales y Municipales 2022, y de la segunda elección, si hubiere, un informe ejecutivo sobre las acciones de prevención y el desarrollo de las elecciones en su distrito fiscal”.

La norma está firmada por la Fiscal de la Nación, Liz Patricia Benavides Vargas. 

[Lea también: JEE Lima Centro señala que Aníbal Torres no vulneró principio de neutralidad]

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(FIN) CCH

Publicado: 12/9/2022

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