Pedro Castillo: Tribunal Constitucional declara improcedente habeas corpus que pretendía anular su vacancia

El Pleno del Tribunal Constitucional declaró improcedente el habeas corpus que buscaba la anulación de la vacancia presidencial aprobada por el Congreso contra Pedro Castillo.

Fuente: Exitosa Publicado: 3 min de lectura
Pedro Castillo: Tribunal Constitucional declara improcedente habeas corpus que pretendía anular su vacancia

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente el habeas corpus presentado por la defensa del expresidente Pedro Castillo Terrones que buscaba anular su vacancia aprobada por el Congreso de la República, el pasado 07 de diciembre del 2022.

Como se recuerda, con 101 votos a favor, seis votos en contra y 10 abstenciones, el Parlamento aprobó el procedimiento en el marco del artículo 113 de la Constitución, tras emitir su mensaje a la nación que tenía como fin cerrar este poder y otras instituciones del Estado, así como decretar un régimen de excepción

Fundamentos de las partes:

Desde la defensa del exmandatario acusan que la resolución legislativa "resulta inconstitucional", porque no se cumplió con la exigencia de 104 votos que establece el artículo 89 del Reglamento del Congreso, vigente al momento de los hechos.

Además, sostiene que el mensaje que leyó el expresidente se realizó en el amparo de lo dispuesto en el artículo 2, inciso 4 de la Constitución, sin que haya configurado en algún momento una situación de peligro para el Estado y sin que se le haya otorgado la posibilidad de rectificarse por la situación cometida.

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Desde las Procuradurías del Congreso y elPoder Judicial sentaron sus posiciones en que el procedimiento fue llevado a cabo en el marco de sus funciones y que no se acredita cuál es la vulneración contra el derecho a la libertad personal del exjefe de Estado, sino que realiza cuestionamientos ambiguos y genéricos, respectivamente. 

"Por consiguiente, los extremos antes mencionados de la demanda deben ser declarados improcedentes, en aplicación de la causal de improcedencia contenida en el artículo 7, inciso 1, del Nuevo Código Procesal Constitucional", puntualiza la resolución del TC. 

Resolución de sentencia.
Resolución de sentencia.

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Asimismo, deberá pagar una reparación civil solidaria ascendente a S/ 12 millones,por concepto de daño extra-patrimonial, en agravio del Estado, junto a los otros tres condenados:Betssy Chávez, Aníbal Torres y Willy Huerta Olivas.

Es importante señalar que, las penas de estos dos últimos quedarán provisionalmente suspendidas, debido a que asistieron a todas las audiencias, no presentando peligro de fuga, según el Poder Judicial. 

De esta manera, el TC valida lo actuado por el Congreso, ratificando que la vacancia contra Pedro Castillo se ajustó al marco legal y constitucional. 

Fuente original: Exitosa

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