Midis informa que cumple íntegramente con la Ley de Contrataciones del Estado
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) informa que los requerimientos de una locación u orden de servicios para la contratación de personas naturales se realizan conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) informa que los requerimientos de una locación u orden de servicios para la contratación de personas naturales se realizan conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
Publicado: 3/12/2023
A través de un comunicado, mencionan que el ministro Julio Demartini Montes es un gestor público de amplia trayectoria, en varios organismos del Estado, incluido el sector de Desarrollo e Inclusión Social, habiendo cumplido diferentes funciones como director general en más de una ocasión, asesor del despacho ministerial, viceministro y actual ministro de Estado y como tal conoce de las necesidades institucionales y los ámbitos que se requieren fortalecer.
Adicionalmente, recalcan que, en su trayectoria como servidor del Estado, también ha conocido a profesionales competentes, a quienes en el uso de su prerrogativa podría convocar para las funciones que él considere pertinentes.
“No existe ningún impedimento legal ni ético para que el ministro se reúna, en su despacho, con profesionales con los que él haya podido trabajar, tal es así que dichas actividades las realiza con absoluta trasparencia, publicando sus visitas en un registro del portal web”, menciona el documento.
También se subraya que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social no ha incurrido en falta alguna a Ley de Contrataciones de Estado y su Reglamento, pues todos los contratos por la modalidad de Orden de Servicio cumplen con los requisitos que establece la Norma como formación académica, experiencia laboral, capacitaciones, según corresponda a cada servicio.
Además de no tener los impedimentos que establece la Ley como no estar sentenciado/a por hechos de violencia familiar y/o sexual; contar con Registro Nacional de Proveedores (RNP) vigente; y no tener otros impedimentos para contratar con el Estado.
“El Midis cumple escrupulosamente la Ley N.° 26771 que establece que los funcionarios, directivos y servidores públicos, y/o personal de confianza de las entidades y reparticiones públicas conformantes del Sector Público Nacional, así como de las empresas del Estado, que gozan de la facultad de nombramiento y contratación de personal, se encuentran prohibidos de nombrar, contratar o inducir a otro a hacerlo en su entidad respecto a sus parientes, cónyuge y/o conviviente”, recalca el comunicado.
Finalmente, dicho sector ratifica que los profesionales son evaluados por su trayectoria, como factor principal, y por el aporte que puedan brindar al sector.
“En ese sentido, el Midis se reafirma en su compromiso de fortalecer las acciones para la prevención de la corrupción, promoviendo la neutralidad e imparcialidad en la función pública”.
(FIN) JCR
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Publicado: 3/12/2023
Fuente original: Andina
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