JNE: Modificación de la ley sobre elecciones primarias sería un retroceso
El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) consideró que la modificación de la ley sobre elecciones primarias, aprobada por el Congreso, constituye un retroceso. implica dejar de lado
El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) consideró que la modificación de la ley sobre elecciones primarias, aprobada por el Congreso, constituye un retroceso.
implica dejar de lado

Publicado: 8/1/2024
Implica deja de lado el diseño de esos comicios introducidos en la Ley de Organizaciones Políticas para retornar a mecanismos anteriores a dicha reforma.
El supremo tribunal electoral emitió así opinión técnica, a pedido del Poder Ejecutivo, sobre la Autógrafa de Ley que modifica la ley de partidos y señaló que la autógrafa realiza una modificación sustancial del modo de selección de los candidatos de las organizaciones políticas, sin garantizar la participación universal de toda la ciudadanía.
Dicha opinión fue enviada a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
En dicho acuerdo se precisa que la variación que se plantea en la autógrafa de ley implicaría un cambio total respecto de lo que se considera como elecciones primarias.
Es decir, lo que se propone es eliminarlas como fórmula de elección de candidaturas con la participación obligatoria de la totalidad del electorado (ciudadanía), bajo la organización y ejecución de los organismos electorales; retornándose, con ciertos cambios, a las tres modalidades de selección de candidaturas que contempló en su origen la LOP.
Las modalidades reincorporadas son: a) Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de todos los afiliados y ciudadanos previamente inscritos como electores ante la organización política, estén o no afiliados a esta; b) Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual directo y secreto de los afiliados; y c) Elecciones a través de delegados, los que previamente deben haber sido elegidos mediante voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados.
“Lo esencial es hacer notar que la normativa aprobada por el Congreso de la República no regula una participación obligatoria de la ciudadanía ni de los afiliados, en caso de que sean convocados a elegir a los candidatos de las organizaciones políticas”, refiere el acuerdo aprobado por el JNE.
También se resalta que la normativa a promulgar tiene cierto grado de contradicción al manifestar la obligatoriedad de la participación de los organismos electorales (artículo 21) en el desarrollo de las primarias; en tanto que, con el artículo 24, se relativiza su intervención en todas las fases de la celebración del proceso de elecciones primarias.
Asimismo, se advierte que falta sustento y justificación al modificar la LOP y la Ley N.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, en temas que no están vinculados con las elecciones primarias, por ejemplo, la variación de requisitos de inscripción sobre organizaciones políticas, eliminación de las consecuencias ante el Registro de Organizaciones Políticas por el no pago de multas, el retorno al voto preferencial, entre otros.
(FIN) NDP/NGB/CVC
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?? El experto en derecho constitucional, Erick Urbina, sostuvo que una propuesta de reforma del sistema de justicia tiene que ser ampliamente discutida y contar con la opinión de los miembros del Poder Judicial.
— Agencia Andina (@Agencia_Andina) January 8, 2024
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Publicado: 8/1/2024
Fuente original: Andina
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