Produce establece veda reproductiva del recurso bonito para el año 2023
Mediante resolución ministerial publicada este viernes en una edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano El Ministerio de la Producción (Produce) estableció este viernes 10 de noviembre la veda reproductiva del recurso bonito (Sarda chiliensis chiliensis) en el litoral peruano para el año 2023. La Resolución Ministerial N°000377-2023-PRODUCE detalla que la referida veda rige a partir […]
Mediante resolución ministerial publicada este viernes en una edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano

El Ministerio de la Producción (Produce) estableció este viernes 10 de noviembre la veda reproductiva del recurso bonito (Sarda chiliensis chiliensis) en el litoral peruano para el año 2023.
La Resolución Ministerial N°000377-2023-PRODUCE detalla que la referida veda rige a partir del sábado 11 de noviembre de 2023, por un periodo de 30 días calendario.
En tal sentido, queda prohibida “toda actividad extractiva que involucre a este recurso, así como su transporte, procesamiento, comercialización y/o almacenamiento, salvo que se cuente con documentación indubitable y de fecha cierta que demuestre que el referido recurso ha sido extraído antes del establecimiento de la citada veda reproductiva”.
El texto legal fue publicado este viernes en una edición extraordinaria del cuadernillo de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Este período de veda puede modificarse si el Instituto del Mar del Perú (Imarpe) “evidencia cambios en la evolución del proceso reproductivo del referido recurso, para lo cual debe remitir al Ministerio de la Producción las recomendaciones con las medidas correspondientes”.
Monitoreo, seguimiento y sanciones
El texto legal agrega que el Imarpe efectúa el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso bonito, debiendo informar y recomendar oportunamente al Ministerio de la Producción las medidas que resulten necesarias.
Asimismo, detalla las consecuencias por incumplimiento de la veda.
El incumplimiento de lo dispuesto es sancionado según lo establecido en la Ley General de Pesca (Decreto Ley N°25977), su Reglamento (Decreto Supremo N°012-2001-PE), el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas (Decreto Supremo N°017-2017-PRODUCE) y demás disposiciones legales aplicables.
La norma extraordinaria está firmada por la ministra de la Producción, Ana María Choquehuanca de Villanueva.
Fuente original: La Primera
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