Poder Judicial rechaza ley que permite juzgar penalmente a adolescentes de 16 y 17 años
El Poder Judicial aseguró que esta ley "introduce un enfoque punitivo que desconoce la especial condición de los adolescentes, contraviniendo estándares nacionales e internacionales de protección".
El Poder Judicial (PJ) expresó su rechazo ante la promulgación de la Ley N° 32330, que permite considerar penalmente imputables dentro del sistema penal ordinario a los adolescentes de 16 y 17 años.
Poder Judicial rechaza ley
A través de un pronunciamiento publicado en su cuenta oficial de 'X', la institución manifestó su desacuerdo con la referida norma porque la considera que es incompatible con la Constitución Política del Perú y los tratados internacionales de derechos humanos. Además, advirtió que la medida introduce un enfoque punitivo que desconoce la "especial condición" de los adolescentes".
"El Poder Judicial rechaza esta ley por considerarla incompatible con la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos. Esta reforma introduce un enfoque punitivo que desconoce la especial condición de los adolescentes, contraviniendo estándares nacionales e internacionales de protección", precisó.
En esa línea, el PJ detalla que la ley vulnera el artículo 4 de la Constitución, que "exige una protección especial para los adolescentes", y la Cuarta Disposición Final y Transitoria, que "obliga a interpretar los derechos fundamentales conforme a los tratados internacionales".
"Asimismo, contradice la Convención sobre los Derechos del Niño, que establece un sistema de justicia juvenil orientado a la rehabilitación, reintegración social y respeto por la dignidad de las personas menores de edad", añade.
Derechos de los adolescentes
El Poder Judicial aseguró que el Comité de Derechos del Niño ha manifestado su preocupación ante normas que permiten juzgar a adolescentes como adultos. Según afirma, dicho organismo ha señalado que tal medida es incompatible con el principio de trato diferenciado.
"Además, ha recomendado que todas las personas menores de 18 años sean procesadas exclusivamente bajo la jurisdicción del sistema de justicia juvenil, sin excepciones", agrega.
En su pronunciamiento, la institución advierte que la Ley N° 32330 vulnera el "principio del interés superior del niño y el principio de no regresividad", al representar un "retroceso en el nivel de protección alcanzado" en materia de derechos de la niñez y adolescencia.
"Este retroceso pone en riesgo la posibilidad de reintegración social y desarrollo integral de los adolescentes en conflicto con la ley. En ese marco, las juezas y jueces están facultados para ejercer control difuso e inaplicar esta ley cuando resulte contraria a la Constitución o a los tratados internacionales", añade.
El Poder Judicial, tras expresar su rechazo a esta ley, exigió que se realice la pronta implementación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes y su reglamento, que incorpora "mecanismos de justicia restaurativa, terapéutica y diferenciada", ello en concordancia con los compromisos asumidos por el Estado peruano en materia de derechos humanos.
Fuente original: Exitosa
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