PJ: Estafas con servicios o paquetes turísticos se sancionan hasta con 8 años de cárcel
Agravantes se configura si la víctima es adulto mayor, persona vulnerable o mujer gestante Las estafas relacionadas con servicios turísticos o paquetes de viaje son pasibles de ser sancionadas hasta con ocho años de pena privativa de la libertad, advirtió el juez de la Corte Superior de Lima Norte, Oscar Crisóstomo Salvatierra. La proximidad de […]
Agravantes se configura si la víctima es adulto mayor, persona vulnerable o mujer gestante

Las estafas relacionadas con servicios turísticos o paquetes de viaje son pasibles de ser sancionadas hasta con ocho años de pena privativa de la libertad, advirtió el juez de la Corte Superior de Lima Norte, Oscar Crisóstomo Salvatierra.
La proximidad de los días feriados en nuestro país ocasiona que haya una mayor incidencia de atractivas ofertas o paquetes de viaje. Sin embargo, un porcentaje de estos servicios no llegan a concretarse, tras convertirse en una estafa turística.
El magistrado explicó que, de acuerdo con artículo 196 del Código Penal, este delito se materializa luego de hacer caer en error a la víctima que termina adquiriendo los servicios de las agencias.
“La estafa tiene como elemento principal el engaño que se obtiene de la inducción al error (…) En el caso de la oferta de viajes de las empresas que cometen este delito generan una afectación económica por el dinero que se paga”, expresó Crisóstomo.
El delito de estafa recibe sanciones de 1 a 6 años de prisión en su modalidad básica. El juez indicó que la pena se puede incrementar de 4 a 8 años de cárcel y hasta 200 días multa si hay agravantes, como el que la víctima sea una persona vulnerable, un anciano, o mujer embarazada; o si son varios los afectados.
Crisóstomo Salvatierra explicó además que las empresas que no se encuentren inscritas en Registros Públicos y operen sin autorización de las aerolíneas para venta de pasajes cometerían el delito de estafa, al carecer de legitimidad en su actividad.
Incluso, añadió, podrían cometer el delito contra la fe pública si falsifican documentos para simular ser empresas formales.
Advirtió, por último, que se configura un incumplimiento contractual solo si la agencia turística cuenta con la documentación requerida, pero incumple con el servicio turístico promocionado. En estos casos, añadió, se interpone una demanda civil y se solicitará una indemnización por el perjuicio económico.
Fuente original: La Primera
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