ONP: Requisitos para la jubilación adelantada
Conoce las nuevas indicaciones de la ONP La Oficina de Normalización Previsional (ONP) y el sistema de pensiones peruano, permitirá a sus ciudadanos poder realizar aportes, con el fin de que puedan obtener una pensión desde el primer momento de su jubilación. Cabe precisar, que la edad estándar para realizar estas prestaciones, es a partir […]
Conoce las nuevas indicaciones de la ONP
La Oficina de Normalización Previsional (ONP) y el sistema de pensiones peruano, permitirá a sus ciudadanos poder realizar aportes, con el fin de que puedan obtener una pensión desde el primer momento de su jubilación. Cabe precisar, que la edad estándar para realizar estas prestaciones, es a partir de los sesenta y cinco años hasta los setenta años de edad.
Por su parte, los afiliados al Sistema Nacional de Pensiones, que ya se encuentren en terminación laboral o despido, tienen la opción de solicitar su pensión anticipadamente en la Oficina de Normalización Previsional (ONP), incluso antes de alcanzar una edad estándar, sin embargo, también se exige haber cumplido cincuenta años de edad.
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No obstante, las personas que ya han venido realizando aportes al sistema nacional de pensiones y hayan llegado a cierta edad, van a tener la posibilidad de elegir una jubilación más anticipada siempre y cuando cumplan con los siguientes criterios para este procedimiento:
- Tener una edad mínima de cincuenta años.
- Haber tenido 25 años realizando aportes como mínimo
- Los asegurados deben tener en cuenta que el monto de la pensión se reduce en un 4% por cada año de adelanto, respecto a los sesenta y cinco años
- Los montos no son reintegrables, ni tampoco se realiza un nuevo recálculo una vez alcanzada la edad de los sesenta y cinco años.
Además, los afiliados que soliciten la pensión de jubilación adelantada por discapacidad, deben contar con un dictamen del Consejo Nacional de Discapacidad, a fin de que no se realice el descuento por adelantado. Para comprobar estas contribuciones, pueden presentar la declaración de la relación laboral, el cual debe ir acompañado de ciertos documentos adicionales:
- Certificados de trabajos
- Boleta de pagos de remuneraciones
- Liquidación de tiempo de servicios
- Constancias de aportaciones emitidas por el IPSS o ESSALUD
Fuente original: El Men
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