Mire su DNI para que sepan en qué fechas presentar su solicitud
ASOCIACIÓN DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE LOS FONDOS DE PENSIONES PUBLICÓ EL CRONOGRAMA OFICIAL Inmediatamente después de la publicación del reglamento de la SBS, que señala el procedimiento operativo y las fechas para el retiro de los aportes AFP, la Asociación de Administradoras Privadas de los Fondos de Pensiones ha publicado el cronograma oficial. Con esto, […]
ASOCIACIÓN DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE LOS FONDOS DE PENSIONES PUBLICÓ EL CRONOGRAMA OFICIAL
Inmediatamente después de la publicación del reglamento de la SBS, que señala el procedimiento operativo y las fechas para el retiro de los aportes AFP, la Asociación de Administradoras Privadas de los Fondos de Pensiones ha publicado el cronograma oficial.
Con esto, las fechas para presentar las solicitudes están confirmadas y serán con el último dígito de tu DNI. Las solicitudes, como especifica la SBS, empezarán a darse desde el 20 de mayo.
- Si tu DNI termina en 1, podrás registrar tu solicitud el 20 y 21 de mayo, y el 18 de junio.
- Si tu DNI termina en 2, podrás registrar tu solicitud el 22 y 23 de mayo, y el 19 de junio.
- Si tu DNI termina en 3, podrás registrar tu solicitud el 24 y 27 de mayo, y el 20 de junio.
- Si tu DNI termina en 4, podrás registrar tu solicitud el 28 y 29 de mayo, y el 21 de junio.
- Si tu DNI termina en 5, podrás registrar tu solicitud el 30 y 31 de mayo, y el 24 de junio.
- Si tu DNI termina en 6, podrás registrar tu solicitud el 3 y 4 de junio, y el 25 de junio.
- Si tu DNI termina en 7, podrás registrar tu solicitud el 5 y 6 de junio, y el 26 de junio.
- Si tu DNI termina en 8, podrás registrar tu solicitud el 10 y 11 de junio, y el 27 de junio.
- Si tu DNI termina en 9, podrás registrar tu solicitud el 12 y 13 de junio, y el 28 de junio.
- Si tu DNI termina en 0, letra u otro, 14 y 17 de junio, y el 1 de julio.
- La solicitud podrá ser presentada libremente del 2 de julio al 17 de agosto.

En caso un afiliado desee desistir de su solicitud de retiro de sus fondos, puede comunicarlo a la AFP, por única vez, hasta 10 días calendario antes de la fecha en que se haya programado cualquiera de los desembolsos, revocando el pago de los futuros desembolsos que hubieren estado programados.
Fuente original: El Chino
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