JNE establece normas sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad para las elecciones 2026
La norma establece las reglas para supervisar y penalizar las infracciones relacionadas con la difusión de propaganda electoral y la publicidad oficial.
El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) emitió un nuevo reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad durante el periodo electoral, que regirá para las elecciones generales de 2026.
¿Cuáles son las infracciones en materia de publicidad estatal?
Según la norma aprobada por Resolución 0112-2025-JNE, se considera infracción el uso de espacios públicos, como oficinas gubernamentales, cuarteles de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, para actividades de propaganda electoral o reuniones políticas.
También se prohíbe el uso de locales como municipalidades, colegios, iglesias y otras entidades públicas o privadas con fines electorales. Las sanciones por estas infracciones pueden llegar hasta 100 unidades impositivas tributarias (UIT).
Además, la norma regula el uso de espacios públicos y privados para pegar carteles o hacer pintas sin autorización previa. Se imponen restricciones sobre la propaganda sonora, prohibiendo su difusión fuera del horario permitido (08:00 a 20:00 horas) y en volúmenes no autorizados, estableciendo también sanciones por su incumplimiento.
Las restricciones y excepciones de la publicidad estatal
La normativa también aborda la publicidad estatal, prohibiendo su difusión en medios durante el periodo electoral, salvo en casos excepcionales de urgente necesidad, para los cuales se debe obtener autorización del Jurado Electoral Especial (JEE) al menos siete días antes del inicio de la campaña.
En el caso de otros medios como redes sociales, se deberá reportar la difusión en un plazo de siete días hábiles. El incumplimiento de estas disposiciones conlleva multas que pueden alcanzar hasta 100 UIT, y en casos graves, se enviarán copias de lo actuado al Ministerio Público para su investigación.
La neutralidad de funcionarios públicos y candidatos
Para que se considere una infracción por neutralidad, se deben cumplir ciertas condiciones. Primero, la acción debe ocurrir en el marco de una actividad oficial o relacionada con el cargo que el funcionario público ocupa. Además, si no es una actividad oficial, el funcionario no puede usar su posición para influir en el voto de las personas ni manifestarse a favor o en contra de una opción política.
La normativa también aclara las infracciones cometidas por autoridades y funcionarios públicos que tienen empleados bajo su cargo. Estos casos deben ser enviados al Ministerio Público, la Contraloría General y a la entidad donde trabaja el funcionario para que tomen las medidas correspondientes.
Si un funcionario público que se postula a un cargo electoral comete una infracción, se le aplicará una amonestación y una multa a su partido político.
El reglamento también especifica las responsabilidades de los JEE, que actúan como autoridades principales en estos casos, así como el trabajo de los fiscalizadores de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales (DNFPE).
De esta manera, el JNE emitió un nuevo reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad durante el periodo electoral, el cual regirá para las elecciones generales de 2026.
Fuente original: Exitosa
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