Gripe aviar: Senasa declara emergencia sanitaria por 90 días por la H5N1

El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) declaró en emergencia sanitaria por 90 días a todo el Perú por la gripe aviar luego de que el último martes se registrara el primer contagio en un establecimiento de crianza de aves domésticas, en Lambayeque. En la resolución publicada en El Peruano se dispone que intensifiquen las acciones […]

Fuente: Willax Publicado: 3 min de lectura
Gripe aviar: Senasa declara emergencia sanitaria por 90 días por la H5N1

El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) declaró en emergencia sanitaria por 90 días a todo el Perú por la gripe aviar luego de que el último martes se registrara el primer contagio en un establecimiento de crianza de aves domésticas, en Lambayeque.

En la resolución publicada en El Peruano se dispone que intensifiquen las acciones de vigilancia y control de la influenza aviar de alta patogenicidad, priorizando la zona de detección, con el objeto de eliminar el foco y evitar su diseminación a otras áreas geográficas del país.

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ACCIONES PROHIBIDAS

  1. Movilizar aves domésticas vivas y productos de riesgo desde las zonas consideradas como foco, perifoco y vigilancia de influenza aviar de alta patogenicidad, sin la autorización de Senasa.
  2. Trasladar aves domésticas vivas y sus productos de riesgo, dentro del territorio nacional, sin el certificado sanitario emitido por el Senasa.
  3. Ingresar aves a los predios positivos a influenza aviar de alta patogenicidad.
  4. Visitar predios avícolas cuando el Senasa haya dispuesto una medida sanitaria.
  5. Arrojar aves muertas a los canales de riego, drenaje o ríos.
  6. Llevar a cabo ferias, exposiciones, eventos gallísticos y demás concentraciones de aves en el territorio nacional.
  7. Manipular, sin equipos de protección personal, aves con síntomas o sospecha de influenza aviar de alta patogenicidad.

ACCIONES QUE DEBERÁ ADOPTAR

  1. Instalar en predios avícolas pediluvios con solución a base de amonio cuaternario o glutaraldehído en los lugares de ingreso y salida. Además, se deberá desinfectar todos los equipos, herramientas, materiales, indumentaria, calzado, vehículos, entre otros.
  2. Cumplir la cuarentena dispuesta por el Senasa en los predios afectados con influenza aviar de alta patogenicidad, con el propósito de impedir el ingreso y salida de aves domésticas vivas y productos de riesgo, personas y vehículos no autorizados, u otros.
  3. Contar con autorización para ingresar a los predios positivos a la influenza aviar de alta patogenicidad, y usar equipos de protección personal. Al momento de salir del predio, deben dejar estos equipos en un depósito conteniendo amonio cuaternario o glutaraldehído.
  4. Instalar en las zonas de ingreso a los predios positivos a la influenza aviar de alta patogenicidad letreros con el siguiente texto: “Prohibido el ingreso por medidas de Control Cuarentenario”.
  5. Coordinar con el personal del Senasa el sacrificio y la eliminación de todas las aves domésticas que se encuentran en el foco donde se ha detectado influenza aviar de alta patogenicidad y materiales de riesgo (productos, camas, plumas, estiércol, etc.), y su entierro a una profundidad de 2 metros como mínimo. Limpiar y desinfectar las instalaciones, equipos y utensilios, así como las herramientas utilizadas para el entierro.

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Fuente original: Willax

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