Gobierno declara estado de emergencia a 41 provincias de 10 regiones por peligro inminente ante lluvias intensas

El gobierno de José María Balcázar declaró en estado de emergencia por 60 días calendario a 41 provincias de 10 regiones por peligro inminente ante las precipitaciones pluviales previstas por el Fenómeno 'El Niño'.

Fuente: Exitosa Publicado: 3 min de lectura
Gobierno declara estado de emergencia a 41 provincias de 10 regiones por peligro inminente ante lluvias intensas

El Poder Ejecutivo declaró en estado de emergencia por 60 días calendario a 92 distritos de 41 provincias correspondientes a 10 regiones por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales.

La medida fue oficializada este jueves 12 de marzo a través del Decreto Supremo N.º 034-2026-PCM, publicado en el boletín de normas legales del Diario Oficial El Peruano

¿En qué ciudades se aplica lo dispuesto por el Gobierno? 

De acuerdo con lo detallado por el gobierno de transición de José María Balcázar, se deberán ejecutar las "medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del muy alto riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación frente a los efectos de las lluvias intensas.

Estas acciones estarán a cargo de los gobiernos regionales y locales involucrados, con la coordinación técnica y el seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación de los ministerios de Defensa, Desarrollo Agrario, Desarrollo e Inclusión Social, Educación, Energía y Minas; Interior, Mujer y Poblaciones Vulnerables; Salud, Transportes y Comunicaciones; y Vivienda, Construcción y Saneamiento.

En ese sentido, las provincias donde se realizarán dichas labores son las siguientes:

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  1. Amazonas: Chachapoyas, Bagua, Bongará, Luya y Rodríguez de Mendoza.
  2. Áncash: Antonio Raymondi, Bolognesi, Casma, Corongo, Ocros, Pallasca y Recuay.
  3. Apurímac: Andahuaylas, Aymares, Cotabambas y Grau.
  4. Ayacucho: Huanca Soncos y Lucanas.
  5. Cajamarca: Celendín Contumazá, Cutervo, San Marcos, San Miguel  y Santa Cruz.
  6. Junín: Concepción, Junín, Satipo y Tarma.
  7. Lima: Barranca, Cajatambo, Canta, Cañete, Huaral, Huarochirí, Huaura, Oyón y Yauyos.
  8. Moquegua: Mariscal Nieto.
  9. Pasco: Pasco.
  10. San Martín: Moyobamba y San Martín.

Para tener en cuenta: 

Sobre las acciones a realizar, deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.

Es importante señalar que, la Sub Dirección de Información sobre Escenarios de Riesgo de Desastres de la Dirección de Preparación del INDECI, ha tomado en cuenta diversos análisis, como, por ejemplo, el de la Comisión Multisectorial Encargada del Estudio Nacional del Fenómeno "El Niño"- ENFENsobre las"Perspectivas Climáticas Marzo-Mayo 2026" y otros. 

La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo se financia con cargo al presupuesto institucional de los ministerio mencionados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

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Finalmente, el presente decreto supremo es refrendado por el presidente José María Balcázar, la titular del Consejo de Ministros, Denisse Miralles, y los ministros de las carteras responsables de la ejecución del dispositivo. 

Fuente original: Exitosa

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