Fiscalía de Ciberdelincuencia de Arequipa logra condena para profesor que propuso sostener relaciones sexuales a menor

El profesor Benji Wilmer Cayllahua Quispe fue condenado por el Poder Judicial, por contactar con una niña de 12 años de edad, a través de la aplicación de mensajería WhatsApp para proponerle consumir bebidas alcohólicas y sostener relaciones sexuales en Arequipa. Además, deberá pagar 4000 soles de reparación civil a favor de la parte agraviada. […]

Fuente: Diario UNO Publicado: 2 min de lectura
Fiscalía de Ciberdelincuencia de Arequipa logra condena para profesor que propuso sostener relaciones sexuales a menor

El profesor Benji Wilmer Cayllahua Quispe fue condenado por el Poder Judicial, por contactar con una niña de 12 años de edad, a través de la aplicación de mensajería WhatsApp para proponerle consumir bebidas alcohólicas y sostener relaciones sexuales en Arequipa. Además, deberá pagar 4000 soles de reparación civil a favor de la parte agraviada.

La Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Ciberdelincuencia de Arequipa logró que se dicte sentencia condenatoria para Benji Wilmer Cayllahua Quispe (19) por el delito de proposiciones a menor con fines sexuales en agravio de una adolescente de 12 años.

Según la investigación, a cargo del fiscal adjunto provincial Edder Yafet Salas Flores, el hoy sentenciado obtuvo el número de teléfono de la menor a través de terceros y le escribió reiteradamente mediante la aplicación de mensajería instantánea WhatsApp para proponerle consumir bebidas alcohólicas y mantener relaciones sexuales.

En el juicio oral, el representante del Ministerio Público acreditó que Benji Wilmer Cayllahua Quispe propuso varias veces realizar actos de connotación sexual a la menor, es decir, se trató de un delito continuado. En este caso fue clave que la madre de la menor monitoreara la actividad en redes sociales de su hija y denunciara el hecho al tomar conocimiento del mismo.

Ante los contundentes medios de prueba digitales presentados por el fiscal Salas Flores, el imputado reconoció su responsabilidad penal. En tal sentido, se le impuso 4 años y 8 meses de pena privativa de libertad efectiva, convertida a prestación de servicios o jornadas.

Como parte de la condena, Benji Cayllahua también fue inhabilitado de forma definitiva para trabajar en instituciones educativas, así como prohibido de aproximarse o contactar a la víctima.

De acuerdo con el artículo 5 de la Ley de Delitos Informáticos, Ley 30096, el solo hecho de contactar por medios digitales a una persona menor de edad para proponerle realizar actos de connotación sexual o solicitarle material pornográfico ya configura delito.

El Ministerio Público ratifica su firme compromiso con perseguir todo delito que afecte la indemnidad sexual de niñas, niños y adolescentes. Asimismo, recomienda a los padres y madres de familia que realicen un monitoreo permanente sobre la actividad digital de sus menores hijos, a fin de protegerlos de la ciberdelincuencia.

Fuente original: Diario UNO

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