Dina Boluarte: La jefa suprema que busca distanciarse de las Fuerzas Armadas
Ante el informe de la CIDH, la presidenta Dina Boluarte intenta deslindar su responsabilidad de las víctimas que dejaron las protestas. Los abogados Omar Cairo, Ronald Gamarra y Pedro Cateriano cuestionan la postura de la mandataria y le recuerdan sus obligaciones como jefa suprema de las Fuerzas Armadas

Ante el informe de la CIDH, la presidenta Dina Boluarte intenta deslindar su responsabilidad de las víctimas que dejaron las protestas. Los abogados Omar Cairo, Ronald Gamarra y Pedro Cateriano cuestionan la postura de la mandataria y le recuerdan sus obligaciones como jefa suprema de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.
Del honor a la distancia. A inicios de marzo, cuando las instituciones de derechos humanos todavía no emitían informes por los muertos y heridos durante las protestas, la presidenta Dina Boluarte recibió el bastón de mando de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y dejó una frase que probablemente hoy le costaría repetir: “nuestras Fuerzas Armadas y la Policía Nacional no solo han defendido con esfuerzo y con valentía la independencia, la soberanía y la integridad territorial, sino que hoy luchan junto a nosotros por el desarrollo y por construir un país mejor… Es para mí un alto honor ser reconocida como su jefa suprema”.
Dos meses después de aquella investidura, Boluarte ha optado por marcar distancia y negar su responsabilidad en la convulsión social que aquejó al país desde que ella se sentó en el poder, tras el frustrado golpe de Estado de Pedro Castillo el 7 de diciembre de 2022.
“Yo puedo ser la jefa suprema de las Fuerzas Armadas, pero no tengo comando”, dijo Boluarte al diario El Comercio el último fin de semana, apenas unos días después de la presentación del informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos – CIDH.
Después de su investigación, la CIDH concluyó que los hechos ocurridos durante las manifestaciones de diciembre y enero pasados, “al ser perpetrados por agentes del Estado, podrían constituir ejecuciones extrajudiciales... Además, al tratarse de múltiples privaciones del derecho a la vida, dadas las circunstancias de modo, tiempo y lugar, podrían calificarse como una masacre”.
El 7 de abril de 2009, la Corte Suprema de Justicia condenó al expresidente Alberto Fujimori a 25 años de prisión por los casos La Cantuta y Barrios Altos. Se trata de un fallo histórico pues se determinó la responsabilidad de un mandatario como autor mediato de graves violaciones a los derechos humanos cometidas directamente por las fuerzas del orden.
El abogado especializado en casos de derechos humanos Ronald Gamarra comparó la sentencia de Fujimori con el rol de la presidenta Dina Boluarte. “Quien ejerce la presidencia de la República tiene mando y comando sobre las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú… Lo ha dicho ya la Corte Suprema de Justicia en la sentencia contra Alberto Fujimori por los crímenes de La Cantuta y Barrios Altos”, publicó en sus redes sociales.
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El abogado constitucionalista Omar Cairo sostuvo que no tiene dudas de que las consecuencias jurídicas por las muertes y los heridos en las protestas podrían alcanzar a Boluarte, pues los artículos 167 y 169 de la Constitución establecen que la figura presidencial asume automáticamente la jefatura suprema de las fuerzas del orden, así como precisan que las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional “no son deliberantes y están subordinadas al poder constitucional”.
“Ella (Dina Boluarte), además, según el artículo 118, es quien dirige la política general de gobierno, quien preside el Sistema de Defensa Nacional, y organiza, distribuye y dispone el empleo de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional. Es una responsabilidad gubernamental que la Constitución le asigna. Entonces, las consecuencias jurídicas la alcanzan por lo sucedido en las protestas. De eso no hay ninguna duda”, dijo el abogado Omar Cairo a Epicentro.
En esa línea, el exministro de Defensa Pedro Cateriano también señaló que la presidencia tiene la facultad de dar órdenes que pueden revocar instrucciones militares. Es más, indicó que las Fuerzas Armadas tienen la obligación de informar el cumplimiento de sus funciones al superior, es decir, al Gobierno.
Para el abogado Joseph Campos, defensa de Dina Boluarte, se ha malinterpretado a la presidenta cuando se refirió a su papel como jefa suprema de las fuerzas del orden. “Es una jefatura política porque la representación que tiene el presidente es de elección popular: no entró a la escuela militar, no hizo la carrera militar, quizás no sepa ni usar un arma”, indicó.
Finalmente, el abogado Omar Cairo señala la importancia de establecer la diferencia entre responsabilidad política y jurídica. Según dice, la presidencia no tiene responsabilidad política en delitos contra los derechos humanos, pero sí jurídica y, por tanto, la mandataria Boluarte recién podría ser juzgada cuando culmine su mandato.
“En ningún caso (a Boluarte) se le puede quitar el cargo por estar en desacuerdo con la forma en la que lleva su función, a diferencia de los ministros que sí pueden ser removidos del cargo. Lo que sí tiene (Boluarte) es responsabilidad jurídica, porque todos los peruanos somos iguales ante la ley. Lo que ocurre es que esa responsabilidad penal no puede hacerse efectiva, pues durante su mandato solo se le puede procesar por cuatro delitos, ninguno de los cuales es delito contra los derechos humanos. Cuando termine su cargo, recién podrá ser procesada penalmente si se determina que ha ordenado o ha rehusado realizar alguna acción para evitar las muertes”, explicó el constitucionalista.
Si bien el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos no es una sentencia, sus conclusiones podrían servir de base para un futuro litigio a nivel internacional.
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Fuente original: Epicentro
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