Comisión de Constitución aprueba dictamen que concede amnistía a militares y policías que lucharon contra el terrorismo
Con 15 votos a favor, seis en contra y tres abstenciones, el grupo de trabajo aprobó el texto recaído en el proyecto de ley presentado en su momento por el congresista Jorge Montoya.
En su sesión desarrollada esta mañana, la Comisión de Constitución del Congreso aprobó el dictamen que concede amnistiar a los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú (PNP) y comités de autodefensa que participaron en la lucha contra el terrorismo entre los años 1980 y 2000.
El grupo de trabajo que preside el parlamentario Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular) abordó la iniciativa legislativa, la cual deberá ser sometida a debate en el Pleno a fin de ser ratificada o archivada.
Debate del proyecto de ley
Con 15 votos a favor, seis en contra y tres abstenciones, fue aprobado el texto recaído del Proyecto de Ley 7549/2023-CR, el cual fuera presentado por el congresista Jorge Montoya (Honor y Democracia).
En ese sentido, el titular de la comisión aseveró que la propuesta no es sinónimo de impunidad. Por el contrario, mencionó que responde a una necesidad "histórica, justa y humanitaria" en favor de los militares, policías y miembros de los comités de autodefensa.
Agregó, que, el proyecto de ley se enmarca en el artículo 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en el artículo 139, inciso 3, de la Constitución Política del Perú que establece el derecho a un debido proceso.
"Hoy, 25 años después, existen cientos de militares y policías, en realidad son más de mil procesados o investigados sin sentencia firme, muchos de ellos con condiciones de salud y económicas precarias y que permanecen atrapados en un limbo judicial que no resuelve su situación jurídica ni permite a sus familias reconstruir sus vidas", afirmó.
Aplicación de la ley
Durante el debate, fueron aprobadas las respectivas aplicaciones del proyecto de ley. En ese sentido, será en favor de "los miembros de las FF. AA., PNP y comités de autodefensa que no cuenten con sentencia firme con calidad de cosa juzgada, que pudieran estar denunciados, investigados o procesados por delitos vinculados a la lucha contra el terrorismo en los años 1980 y 2000".
Asimismo, hacia los miembros de "las FF. AA., PNP, adultos mayores e integrantes del comité de autodefensa que cuenten con sentencia firme con calidad de cosa juzgada y/o en trámite de ejecución".
Del mismo modo, no se aplica la amnistía "para quienes se encuentran denunciados, imputados o condenados por terrorismo o por delito de corrupción de funcionarios, los que deben ser objetivo de los procesos penales correspondientes".

La mayoría de los legisladores coincidieron que la amnistía se presenta como una "herramienta jurídica" en favor de los beneficiarios de la misma.
Fuente original: Exitosa
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