Arana critica uso excesivo de la prisión preventiva: "No somos criminales, pero el Código Penal nos trata así"
El premier Eduardo Arana cuestionó que, bajo el marco del actual Código Penal, el sistema no diferencia adecuadamente entre procesados e individuos ya sentenciados.
El nuevo titular de la Presidencia del Consejo de Ministros, Eduardo Arana, expresó su preocupación por el uso reiterado de la prisión preventiva, en un contexto marcado por el grave hacinamiento en los centros penitenciarios del país.
Arana y la problemática del hacinamiento en las cárceles del Perú
Arana criticó la lentitud con la que avanzan muchos procesos judiciales, lo que, según dijo, mantiene a personas privadas de libertad por hasta tres años sin que se registren progresos sustanciales en sus casos.
"Tenemos un sistema tan engorroso, tan complicado, con fiscales y jueces que no cumplen adecuadamente su labor. Lo que pasa es que se dicta una orden de captura o prisión preventiva contra cualquier persona, y se le impone un plazo de hasta 36 meses (...) Pasan 34 meses y el fiscal no ha actuado en ningún aspecto del caso", expresó.
Además, cuestionó que, bajo el marco del actual Código Penal, el sistema no diferencia adecuadamente entre procesados e individuos ya sentenciados, lo que a su juicio termina por criminalizar a ciudadanos que aún no han sido declarados culpables.
"Son personas privadas de su libertad sin una sentencia definitiva, detenidas por decisiones provisionales. El 60% de los internos tiene una condena, pero el 40% aún no. No somos criminales, pero el Código Penal nos trata como si lo fuéramos y nos lleva rápidamente a prisión. Este es un sistema que no diferencia entre los buenos y los malos", agregó.
Aprueban nuevo reglamento para bloquear comunicaciones en cárceles
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó el reglamento del Decreto Legislativo N° 1688 que tiene como objetivo detener las comunicaciones ilegales desde las cárceles y centros juveniles del país.
El nuevo reglamento establece una serie de obligaciones técnicas y sanciones administrativas aplicables a las empresas operadoras de servicios públicos de telecomunicaciones, a fin de prevenir, mitigar y controlar el uso indebido de dichos servicios por parte de personas que se encuentran privadas de su libertad en los establecimientos penitenciarios y centros juveniles de diagnóstico y rehabilitación.
El Decreto Supremo, publicado en el diario oficial El Peruano, establece que las operadoras deberán restringir la emisión de su señal radioeléctrica en las zonas donde se encuentran ubicados los referidos centros de reclusión, exceptuando los casos en los que la entidad competente determine lo contrario debido a razones de seguridad y dentro de sus funciones y atribuciones.
De esta manera, el premier Eduardo Arana criticó el uso reiterado de la prisión preventiva y cuestionó la lentitud con la que avanzan muchos procesos judiciales.
Fuente original: Exitosa
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