¡Alquileres bajo lupa! Propietarios en Perú enfrentan multas de más de S/ 10,000 por no registrar a inquilinos extranjeros

A partir de este nuevo año 2025, el Gobierno del Perú ha decidido un conjunto de reglas clave para los dueños de viviendas que dan el servicio de hospedar y arrendar a ciudadanos extranjeros. Con la finalidad de fortalecer el control migratorio y garantizar mejor…

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¡Alquileres bajo lupa! Propietarios en Perú enfrentan multas de más de S/ 10,000 por no registrar a inquilinos extranjeros

A partir de este nuevo año 2025, el Gobierno del Perú ha decidido un conjunto de reglas clave para los dueños de viviendas que dan el servicio de hospedar y arrendar a ciudadanos extranjeros. Con la finalidad de fortalecer el control migratorio y garantizar mejor la seguridad en el país.

Con esta medida, se busca que los arrendadores cumplan con estrictos requisitos fiscales y legales, lo que podría impactar directamente en los costos para los consumidores.

El nuevo marco normativo, aprobado bajo el Decreto Supremo n.° 011-2024-IN, induce a cambios significativos en la Ley de Migraciones y su Reglamento, implantando nuevas obligaciones para los lugares de alquiler dealojamiento. Estas medidas tendrán la incorporación de un sistema de control más riguroso para asegurar que la persona que va solicitar alquilar alguna habitación este correctamente al día con sus documentos de identificación y que se realice registro de los huéspedes extranjeros.

¿Qué obligaciones deben cumplir los propietarios que alquilarán un cuarto o departamento?

Una medida principal que se establece es que todos los dueños que deseen hacer el servicio de alquiler, deben registrar a los huéspedes extranjeros en una plataforma digital gratuita creada por la Superintendencia Nacional de Migraciones. Esta orden por el gobierno tiene como finalidad garantizar una mayor seguridad nacional y facilitar el control de los movimientos migratorios.

Si los propietarios deciden alquilar sin hacer caso este requisito que se solicita, enfrentarán drásticas sanciones, con multas que superan los S/ 10.000 (equivalentes a 2 Unidades Impositivas Tributarias – UIT). Para evitar estas sanciones, se les pide a los arrendadores o propietarios que deben seguir los siguientes pasos:

  1. Verificación de Documentos: Los arrendadores deben solicitar a los extranjeros documentos válidos que comprueben su identidad, como el pasaporte para los turistas y el Carné de Extranjería o el Carné de Permiso Temporal de Permanencia (CPP) para quienes residen en Perú.
  2. Registro en la Plataforma Virtual: Los datos personales de los huéspedes deben ser registrados en la plataforma habilitada por Migraciones, incluyendo información como nombres, nacionalidad, sexo, fecha de nacimiento, y las fechas de ingreso y salida.
  3. Acceso para Fiscalización: Los propietarios deberán facilitar el acceso de Migraciones para llevar a cabo inspecciones y verificar el cumplimiento de los requisitos.

¿Cuál es la importancia de esta medida?

El gerente general de Inquilinos Morosos S.A.C. Carlos Chueco, dijo que este cambio se realiza como una estrategia para evitar delitos relacionados con la migración. También destacó que la implementación de estos  nuevos requisitos dificultaría de los arrendadores, especialmente en el sector informal, en el cual mucho de los contratos no están debidamente registrados.

Cconsecuencias  que podrían traer estas nuevas normativas

A pesar que la medida solo busca mejorar la seguridad en el país, unos cuantos expertos dicen que esta medida podría generar un aumento en los costos de alojamientos lo que afectaría a los inquilinos.

De tal manera que la falta de formalización en el sector podría dificultar el cumplimiento de las nuevas normativas, ya que muchos contratos de alquiler en Perú no son registrados oficialmente.

Es importante que los propietarios que van alquilar estén informados y preparados para adaptarse a estos cambios, ya que las sanciones por no cumplir con estas normativas serán muy  severas y afectará claramente en lo económico a los negocios de alquiler.

Fuente original: Extra

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