El Tribunal Constitucional prohíbe la obstrucción del acceso público a las playas
Las edificaciones que impiden el acceso público al mar tendrán que ser removidas, según la decisión del Tribunal Constitucional, una medida que afectará clubes privados con sedes playeras y propietarios de bienes en áreas adyacentes.
En su última Sentencia N°443/2023, el Tribunal Constitucional (TC) ha determinado que todas las construcciones que prohíban la entrada de público a las playas del país deberán ser eliminadas. Esta medida resultará de gran relevancia en el caso de los clubes privados con sedes en las playas, que han establecido puestos de seguridad y cadenas que restringen el paso de personas ajenas a la institución.
La medida del TC se fundamenta en la Ley 26856, cuyo propósito es asegurar que las playas sean de uso público, libre y general. De acuerdo con la legislación, tanto balnearios privados como áreas urbanas en las cercanías de las playas deben proporcionar al menos una vía de acceso cada 1.000 metros para garantizar la movilidad de las personas.
Esta normativa implica que la autoridad local o administrativa no permitirá proyectos de habilitación urbana sin rutas de libre acceso. Adicionalmente, la ley establece que los propietarios de bienes lindantes a la playa tendrán la responsabilidad de construir dichas rutas de acceso, siempre y cuando el reglamento de la ley lo permita.
El fallo, aunque solo tiene efectos legales directos para las partes involucradas en el caso judicial, obligaría a los clubes y asociaciones con sedes en la playa a acatar la ley en relación a las vías de acceso. El Estudio Echecopar, asociado a Baker & McKenzie International, indica que esta medida ayudará a prevenir futuros conflictos y posibles acciones legales vinculadas a la restricción del tránsito libre y la eventual modificación de las estructuras existentes.
En caso de ser necesario, la municipalidad tendrá la autoridad para implementar cambios en las estructuras existentes para asegurar el acceso público. El fallo del TC marca un importante precedente en la garantía del derecho al libre tránsito, en consonancia con la constitución.
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