Congreso aprobaría RECARGO de 35% a trabajadores en TURNO NOCTURNO
El Congreso de la República se encontraría en proceso de aprobar un recargo del 35% en favor de los trabajadores del sector privado que laboren en un turno nocturno en determinados horarios.
Tras ser presentado el proyecto de Ley N°13597 el año pasado, este 3 de junio esta en proceso de ser aprobado por el Congreso de la República. Dicho proyecto tiene como finalidad regular la jornada laboral, especialmente para trabajadores en horario nocturno. Esta normativa daría luz verde al recargo del 35% a los colaboradores que laboren en horarios específicos.
¿En qué consta esta Ley y cómo beneficia a los colaboradores de turno nocturno?
Con esta ley impulsada por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, presidida por el congresista Alex Paredes de la bancada Somos Perú, este recargo se adicionaría a las horas extras contiguas al período nocturno. De esta manera, se manejaría una oportunidad de pago y los alcances de la fiscalización laboral.
En ese sentido, la normativa se aplica a los vínculos laborales del sector privado, siempre que los colaboradores estén sujetos a una jornada máxima de trabajo, según los regímenes especiales.
¿Cuál es el horario que abarca la disposición aprobada?
La jornada laboral en horario nocturno comprende el tiempo trabajado entre las 22:00 y las 06:00 horas del día siguiente. Dicho horario rige anivel nacional y es uniforme para todos los efectos de la presente ley, sin posibilidad de ser modificado mediante acuerdo individual o colectivo que lo reduzca.
Los trabajadores que realicen labores en horario nocturno tendrán derecho a recibir un pago adicional equivalente al 35% del valor de cada hora trabajada durante ese periodo. Dicho recargo se calcula tomando como referencia la remuneración mensual del empleado y el valor de su hora de trabajo.
Esta normativa, se trata de un beneficio de carácter obligatorio e irrenunciable, por lo que el empleador debe darlo sin excepción cuando se cumplan las condiciones establecidas por la normativa laboral. Además, este pago es independiente del salario regular que percibe el trabajador por sus funciones.
La norma también establece que el recargo por trabajo nocturno puede sumarse a otros beneficios compatibles. Por ejemplo, si el trabajador realiza horas extras durante la jornada nocturna, podrá recibir tanto el pago correspondiente a las horas extras como el recargo nocturno. Lo mismo ocurre con otros conceptos remunerativos reconocidos por ley o por acuerdos laborales vigentes.
Finalmente, el Congreso de la República estaría a poco de aprobar esta Ley que tendría una recarga del 35% en favor de las jornadas laborales a los trabajadores que realizan sus funciones en horario nocturno.
Fuente original: Exitosa
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